jueves, 27 de julio de 2017

Cosas que debes saber de la Licencia Médica

¿La licencia médica justifica las inasistencias por razones de salud?

De conformidad con lo establecido en el inciso 1º del artículo 1 del D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud, se entiende por licencia médica el derecho que tiene el trabajador de ausentarse o reducir su jornada de trabajo en cumplimiento de una indicación profesional, certificada por un médico cirujano dentista o matrona, reconocida por el empleador en su caso, y autorizada por un Servicio de Salud o Institución de Salud Previsional, según corresponda, durante cuya vigencia podrá gozar de subsidio.

¿Cuáles son los requisitos que deben cumplirse para que el trabajador tenga derecho al subsidio por incapacidad laboral?

De conformidad con lo previsto en el artículo 4 de D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, para tener derecho a los subsidios se requiere un mínimo de seis meses de afiliación a un régimen de seguridad social y de tres meses de cotizaciones dentro de los seis meses anteriores a la fecha inicial de la licencia médica correspondiente. En caso que el trabajador esté contratado diariamente por turnos o por jornadas deberá contar, además del período mínimo de afiliación precedentemente señalado con, a lo menos, un mes de cotizaciones dentro de los seis meses anteriores a la fecha inicial de la respectiva licencia.


¿Cuáles son las consecuencias para el trabajador si la licencia médica es rechazada por el Servicio de Salud o la Isapre?

El rechazo de una licencia médica por el COMPIN o por la ISAPRE, según corresponda, implica la aplicación de una sanción al trabajador, puesto que se priva a éste de los beneficios derivados de su goce, a saber, justificación de ausencia laboral y, cuando corresponda, derecho a subsidio por incapacidad laboral. De esta forma, si la licencia del trabajador ha sido rechazada por la entidad correspondiente el trabajador deberá reintegrarse a sus funciones habituales, salvo que reclame de tal rechazo ante la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), o bien y en última instancia ante la Superintendencia de Seguridad Social. Es del caso señalar que el plazo que dispone el trabajador para apelar del rechazo de la licencia médica a la COMPIN es de 15 días hábiles, contados desde la recepción del pronunciamiento de la institución previsional respectiva. Para recurrir a la Superintendencia de Seguridad Social, si bien no existe un plazo determinado por la ley, el límite será la caducidad del plazo para hacer efectivo el pago del subsidio por incapacidad laboral de la licencia médica, es decir, seis meses.



Fuente: Dirección del Trabajo

Paulina González

Cajas de compensación





Las Cajas de Compensación son instituciones de previsión social, constituidas jurídicamente como corporaciones de derecho privado, sin fines de lucro, cuyo objeto es la administración de prestaciones de seguridad social.
Las cajas disponen de una amplia gama de beneficios y servicios sociales que contribuyen a lograr una mejor calidad de vida de los chilenos. Ello es posible gracias a que,  por ley, reinvierten todos sus excedentes en más y mejores prestaciones familiares. Actualmente,  hay cinco cajas que operan en Chile y que impactan positivamente la vida de 8 millones de chilenos.

  •  Son financieramente neutras para empresas, trabajadores y estado.
  •  Son pioneras.
  •  Son expertas en calidad de vida.
  •  Son transversales.
  • Son representativas.

¿ Quién regula y fiscaliza a las Cajas?

La Superintendencia de Seguridad Social, en cuanto a su función y actuación y la Contraloría, en cuanto a la administración de los recursos fiscales.

¿Quiénes se afilian a las Cajas?

Los trabajadores dependientes del sector privado, los pensionados, los trabajadores del sector público del sector central o descentralizado, a partir del 1 de enero de 2008, y los trabajadores independientes, desde 2012.

Soy trabajador, ¿cómo me afilio a una Caja?

En el caso de los trabajadores dependientes del sector privado y público, son las entidades empleadoras las que se afilian a una determinada Caja, una vez que sus trabajadores lo deciden por mayoría en una votación y acuerdan en cuál inscribirse.
Se trata entonces de una afiliación colectiva, voluntaria y gratuita.

Soy trabajador, ¿cuánto pago mensualmente por pertenecer a una Caja?

Nada. Ni los trabajadores ni los empleadores pagan por pertenecer a una Caja y por recibir algunos beneficios, como los bonos de escolaridad, nupcialidad, entre otros. Únicamente pagan parcial o totalmente aquellos por servicios remunerados que ofrecen las Cajas como los centros turísticos, la administración de programas de bienestar, entre otros.

Soy pensionado, ¿cómo me afilio a una Caja?

Los pensionados sí pueden afiliarse a una Caja de manera individual y acceder a todos los beneficios que éstas les ofrecen. Para ello deben pagar hasta el 2% de su pensión, monto que es descontado al pensionado por la entidad que le paga su previsión.

¿Cómo saber a que Caja pertenece cada trabajador?

El trabajador debe preguntar en RRHH y/o Contabilidad de su empresa o contactarse vía telefonica y/o presencial con cada una de las Cajas de Compensación.



Fuente: Cajas de chile

Paulina González

Pasos de la Selección

Contratar nuevos empleados no es tarea fácil, y muchas personas subestiman este proceso tan complejo.
Lo que sucede es que necesitamos “caballos de carrera” y por no realizar correctamente todos los pasos del proceso de selección estamos contratando “burros” ¡y les exigimos que corran!

A Continuación les dejo 8 pasos del proceso de selección:

1. Determinar la necesidad
Es necesario evaluar, junto con los supervisores y encargados del área cuantas personas realmente se necesitan para que la actividad se realice de manera correcta.

2. Realizar una descripción de puestos
Aquí hay que analizar cuáles son las tareas que se realizan en el puesto de trabajo, y en base a esto, determinar cuáles son las características indispensables y excluyentes de las personas que ocuparían el puesto.

3. Reclutamiento
Debemos utilizar la mayor cantidad de canales de reclutamientos posibles para poder obtener un número razonable de postulantes. Hoy en día existen muchas páginas en donde se pueden publicar avisos garantizando el éxito del reclutamiento.
La redacción del aviso es muy importante, debe ser claro y conciso y contener todos los requisitos excluyentes.

4. Filtrar CV
Muchas veces, la desesperación de las personas por conseguir trabajo, hace que se postulen “por las dudas” y no tienen ninguna de las características solicitadas en el aviso. Por este motivo, esta etapa es sumamente necesaria para evitar futuras pérdidas de tiempo realizando entrevistas a personas que jamás podrán ocupar el puesto.
  
5. Entrevistas según el puesto
Existen distintos tipos de entrevistas que se pueden realizar: Grupales, Individuales, Cerradas, Abiertas, Con Test Psicológicos, etc. La elección de la misma depende el puesto a cubrir.

6. Verificación de datos y referencias
Ya evaluamos el curriculum y entrevistamos al candidato, ahora hay que corroborar la veracidad de los datos que tenemos.
Pedir referencias a los antiguos empleadores nos va a dar una gran pauta de cómo trabaja y cómo se comporta la persona en el ambiente laboral.
Hoy en día las redes sociales se han transformado en una gran herramienta para observar otros aspectos de la persona.

7. Inducción
Hemos seleccionado a nuestro nuevo empleado, Luego de realizar toda la papelería necesaria, no debemos dejarlo solo. Intenten recordar como fué su 1º día de trabajo: lleno de ansiedad e incertidumbre. Por eso es importante ayudar a la persona a que se adapte a su nuevo lugar de trabajo.
Debemos presentar la empresa, el puesto, los compañeros, los supervisores, etc.

8. Seguimiento

Debemos solicitar a los supervisores que observen al nuevo integrante y que nos valla proporcionando un feedback sobre la adaptación y evolución del mismo.


Cristóbal Salas

¿ En que Consiste la Selección de Personal?

La selección de personal es un proceso que realiza el área de recursos humanos de cada empresa con el objetivo de contratar a la persona más idónea para que ocupe un puesto de trabajo dentro de la organización y  pueda desempeñarse eficientemente en ella. La persona que sea elegida debe cumplir con el perfil requerido, a través del cual, se solicitaran competencias, como adaptase a los cambios y las necesidades del trabajo.


En general las empresas seleccionan al personal e varias etapas; sin embargo, puede variar dependiendo de la organización, el puesto y las características del proceso.










Cristóbal Salas


Asignación Familiar: Lo que debes saber para acceder al beneficio en 2017

Subsidio se entrega a quienes tienen ingresos menores a los $634 mil y personas viviendo a sus expensas.

A partir del 1 de enero de 2017 comenzaron a estar operativos los nuevos montos correspondientes a la Asignación Familiar, beneficio del Estado que varía según el ingreso del beneficiario.
La Asignación Familiar, según detalla el Instituto de Previsión Social, es un subsidio estatal para las cargas legales de los trabajadores dependientes, pensionados y algunos trabajadores independientes. Esto, para quienes tengan una remuneración menor a $631.058.

Los beneficiarios

  • Trabajadores dependientes sector público y privado.
  • Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974, que contemplara entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
  • Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, que hayan acreditado cargas en el IPS.
  • Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
  • Pensionados de cualquier régimen. Pensionadas(os) de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
  • Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
  • Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.
  • Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
  • Beneficiarios de PBS de Vejez o Invalidez. Solo en relación con su descendencia.
  • Los beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años. No obstante sólo pueden tener cargas familiares en relación con su descendencia.


¿Por qué tipo de personas se cobra Asignación Familiar (causantes de Asignación Familiar)?

  • Cónyuge
  • Cónyuge embarazada.
  • Trabajadora embarazada.
  • Cónyuge masculino, siempre que sea inválido y viva a expensas de su mujer.
  • Hijos o hijastros, hasta los 18 años o 24 años, solteros, que sean estudiantes regulares de enseñanza media, normal, técnica especializada o superior, en instituciones del Estado o reconocidos por éste. O bien por los hijos inválidos de cualquier edad.
  • Nietos y bisnietos, huérfanos de padre o madre o abandonados por éstos (se les otorga el beneficio bajo los mismos requisitos que a los hijos).
  • Madre viuda. En este caso no hay requisito de edad, sin importar si lo es del padre del beneficiario o de otro marido.
  • Padres, abuelos u otros ascendientes mayores de 65 años o inválidos de cualquier edad.
  • Niños huérfanos o abandonados en los mismos términos que los hijos y los inválidos que estén a cargo de instituciones del Estado o reconocidas por el Supremo Gobierno.
  • Menores al cuidado de una persona natural por resolución judicial.

¿Cuál es el monto del beneficio?


El monto mensual de la Asignación Familiar depende del ingreso del trabajador.
Los valores vigentes son:

Rango de Ingreso ( en pesos)

Hasta  $277.016 pesos                             Monto de $ 10.844
Entre  $277.017 pesos y $404.613           Monto de $ 6.655
Entre  $404.614 pesos y $631.058           Monto de $ 2.104
Desde $631.059 pesos                              Monto      $ 0

¿Cómo Solicitar el beneficio?

Para que una persona sea beneficiaria de la Asignación Familiar debe tener reconocidas y acreditadas sus cargas familiares. Este trámite se realiza ante el organismo que administra las cargas familiares del trabajador, y puede ser una caja de compensación, una AFP, el IPS, entre otras entidades. 
Una vez realizado el reconocimiento de cargas familiares, el trabajador comenzará a recibir el pago del beneficio.

¿Dónde se cobra la Asignación Familiar?

Existen distintas formas de cobrar la Asignación Familiar, dependiendo del tipo de beneficiario:

Causante:
  • Hijos menores ( se paga directamente a la madre con quien vivan, a petición de ella).
  • Cónyuges, hijos mayores de edad ( se paga a ellos o a la persona que se encuentre a su cargo, si lo solicitan).
  • Cualquiera de los Causantes (Cónyuge o bien la persona que se encuentre a cargo del causante, en aquellos el derecho o el pago de asignación).

Fuente: Teletrece.cl


Paulina González













Tipos de remuneraciones


Tipos de remuneraciones:

El artículo 42 del Código del Trabajo enumera y define algunos tipos de remuneraciones. A diferencia de la enumeración del inciso 2º del artículo 41, que es taxativa, la que efectúa el citado artículo 42 es meramente ejemplar, por lo cual, existen otros tipos de remuneraciones que reciben diversas denominaciones, tales como aguinaldos, bonos, etc.
Todos los conceptos que contempla el artículo 42 constituyen remuneración, existiendo entre ésta y aquéllos una relación de género a especie.

De acuerdo al citado precepto legal constituyen remuneración:

  • Sueldo;
  • Sobresueldo;
  • Comisión;
  • Participación
  • Gratificación.
a) El Sueldo

Es definido como estipendio obligatorio y fijo, en dinero, pagado por períodos iguales, determinados en el contrato, que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 10 del Código del Trabajo.
De acuerdo a la definición legal para que un estipendio pueda ser calificado como sueldo, deben concurrir copulativamente los siguientes requisitos:
- Que se trate de un estipendio fijo.
El elemento fijeza que le da a un determinado beneficio el carácter se sueldo, está representado por la posibilidad cierta de percibirlo mensualmente y, además, porque su monto y forma de pago se encuentren preestablecidos en el contrato de trabajo o en acto posterior.
- Que se pague en dinero.
- Que se pague en períodos iguales determinados en el contrato.
- Que responda a una prestación de servicios.
De esta manera, aun cuando las partes le den otra denominación, será sueldo todo pago que reúna los requisitos mencionados. La importancia de determinar el sueldo dentro de una remuneración que tiene varios componentes radica en que, por una parte, su monto no puede ser inferior al ingreso mínimo (salvo el caso de los trabajadores no afectos a jornada) y, por otra parte, debido al hecho de que el sueldo sirve de base para calcular beneficios tales como el sobresueldo u horas extraordinarias.

b) Sobresueldo

El sobresueldo corresponde a la remuneración de las horas extraordinarias de trabajo. Al tenor del artículo 30 del Código del Trabajo constituye jornada extraordinaria la que excede del máximo legal o de la pactada contractualmente, si fuese menor.
Las horas extraordinarias se pagan con un recargo del 50% sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria y deben liquidarse y pagarse conjuntamente con las remuneraciones ordinarias del respectivo período. Las horas extraordinarias deben calcularse en relación al sueldo convenido para la jornada ordinaria, no siendo jurídicamente procedente considerar para estos efectos un sueldo de monto inferior al ingreso mínimo. Ahora bien, el recargo legal del 50% se aplica de igual forma cualquiera que sean los días y los horarios en que se laboren las horas extraordinarias. En todo caso, no existe inconveniente jurídico en que las partes pacten un recargo mayor al 50% que la ley establece como recargo mínimo.

c) La Comisión

Este tipo de remuneración corresponde al porcentaje sobre el precio de las ventas o compras o sobre el monto de otras operaciones que el empleador efectúa con la colaboración del trabajador.
Para que una remuneración sea calificada como comisión debe reunir la característica esencial de ser una suma porcentual calculada sobre el valor de las ventas o compras, o sobre el monto de otras operaciones que realice la empresa con la colaboración del trabajador. La existencia de la comisión está subordinada a las ventas, compras u otras operaciones comprendidas en el giro comercial de la empresa.
Ahora bien, la comisión no puede estar sujeta a una condición ajena a las partes, por lo que no resulta procedente sujetar el nacimiento de la comisión pactada a condición alguna que no sea la propia prestación de servicios personales y subordinados, en los términos convenidos en el contrato de trabajo. Es así que resultaría ilegal descontar de las comisiones sumas que correspondan a cuentas pagadas con cheque de los clientes que resulten protestados, o que estos dejen sin efecto la adquisición de un producto.
En efecto, la Dirección del Trabajo ha señalado en su doctrina administrativa que el derecho al pago de la retribución pactada nace a la vida jurídica en el momento mismo en que se efectúa la prestación como una obligación simple y pura, sin que le afecte limitación alguna, no siendo viable, por tanto, que el empleador la supedite a una condición suspensiva, esto es, a un hecho futuro e incierto, el cual, mientras no se produzca, suspende el ejercicio del derecho a tal remuneración.

d) La Participación

Se puede definir como la proporción en las utilidades de un negocio determinado o de una empresa o sólo de la de una o más secciones o sucursales de la misma.
Se tiende a confundir la participación con la gratificación pues ambas suponen la existencia de utilidades, sin embargo, presentan diferencias importantes, a saber:
a) La participación tiene un origen contractual, su existencia, monto y condiciones dependen del acuerdo de las partes.
La gratificación tiene un origen legal, la ley obliga a pagarla cuando concurren ciertos requisitos.
b) La participación se puede calcular sobre las utilidades de un negocio, de una empresa o de una o más secciones de una empresa.
La gratificación se calcula sobre las utilidades de la empresa en su conjunto.
e) La Gratificación
La letra e) del artículo 42 del Código del Trabajo prescribe que corresponde a la parte de las utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del referido Código, los empleadores que obtienen utilidades líquidas en su giro al término del año, tienen la obligación de gratificar anualmente a sus trabajadores, sea por la modalidad del señalado artículo 47, es decir, en proporción no inferior al 30% de dichas utilidades o por la vía del artículo 50 del mismo cuerpo legal, esto es, pagando al trabajador el 25% de lo devengado en el respectivo ejercicio comercial por concepto de remuneraciones mensuales con un límite de 4,75 ingresos mínimos mensuales. De esta manera, el derecho a la gratificación nace de la ley y no del contrato y se genera desde el momento que terminado el ejercicio comercial de que se trate, el resultado contable al 31 de diciembre indique que el empleador ha obtenido utilidades líquidas en su giro. En caso de existir utilidades líquidas la gratificación debe pagarse a más tardar en el mes a abril del año siguiente al del ejercicio comercial de que se trate.




Fuente: Dirección del Trabajo

Paulina González

Remuneraciones



Una remuneración es una contraprestación en dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo. El pago de una remuneración es una obligación que asume el empleador además de proporcionar el trabajo para el cual el empleado ha sido contratado.

La  clasificación de las remuneraciones son las siguientes:

a) Ordinarias, extraordinarias y especiales:

  • Remuneraciones ordinarias son aquellas que nacen como consecuencia de la retribución de los servicios prestados, lo que determina que su pago tenga lugar con cierta periodicidad como, por ejemplo, el sueldo, la comisión, etc.
  • Remuneraciones extraordinarias son aquellas que nacen a título de retribución de servicios prestados esporádicamente, en cuyo caso el pago se verifica cuando se acredita el cumplimiento de los requisitos que se fijan para impetrarlos. Un caso típico de este tipo de remuneración es el sobresueldo u horas extraordinarias.
  • Remuneraciones especiales son aquellas que se originan en razón de cumplirse condiciones especiales, tales como aguinaldos, bonos, etc.
b) Fijas y variables.

  • Remuneración fija es aquella que en forma periódica, semanal, quincenal o mensual, percibe el trabajador, siendo fija en la medida que su monto no varíe en sus períodos de pago, siendo el sueldo un ejemplo típico de este tipo de remuneración.
  • Remuneración variable, es aquella que, conforme al contrato, implica la posibilidad de que el resultado mensual total no sea constante entre uno u otro mes como, por ejemplo, las comisiones.
  • Esta clasificación es importante, entre otras cosas, para la determinación de la remuneración durante el feriado conforme al artículo 71 del Código del Trabajo.
c) Principal y accesoria.

  • Una remuneración puede ser clasificada de principal cuando responde a la contraprestación fundamental pactada en el contrato, en términos que no depende de otra para su procedencia y cálculo, por ejemplo, el sueldo, bono de antigüedad, etc.
  • La remuneración es accesoria, cuando se calcula sobre la remuneración principal, como por ejemplo, el sobresueldo u horas extraordinarias.


Fuente: Dirección del Trabajo.


Paulina González.

Etapas de la Capacitación




























¿Cuáles son las etapas de Capacitación?


Como podemos ver en la imagen del artículo, la capacitación consta de cuatro fases.

  1. Detección de las nececidades de Capacitación (DEC)
  2. Planes y Programas de Capacitación.
  3. Logística.
  4. Evaluación y seguimiento de los resultados.


DEC

  • Nos permite planificar y ejecutar las actividades.
  • Conoce quién y en que área necesita capacitación.
  • Conoce los contenidos que necesito capacitar.
  • Optimiza el uso del recurso.
¿Cuáles son los Medios que se requieren para desarrollar la Detección de las Necesidades de la Capacitación?

  • Evaluación del Desempeño.
  • Observación
  • Cuestionarios.
  • Solicitud de Supervisores y Gerentes.
  • Entrevistas de Supervisores y Gerentes.
  • Reuniones.
  • Exámen de Empleados.
  • Reorganización del trabajo.
  • Entrevista de Salida.
  • Análisis de puesto.
  • Informes Periódicos de la empresa.

Planes y Programas de capacitación.

  • Definición de objetivos de capacitación.
  • Establecimientos de criterios de medidas para la evaluación de la capacitación.
  • Desarrollo de contenidos de la capacitación.
  • Definición de métodos y de materiales de la capacitación.
  • Integración del programa de capacitación y de los capacitadores.
  Factores que dependen la implementación de Capacitación.

  • Adecuación del Programa.
  • Calidad de Material.
  • Cooperación de Gerentes.
  • Calidad de Preparación de los Instructores.
  • Calidad de los Aprendices.

Evaluación y Seguimiento 

La evaluación puede definirse como un proceso continuo y sistemático que mide los efectos tanto específicos como generales de la capacitación. Determina el grado de congruencia o de discrepancia entre los objetivos de la capacitación y los resultados de las actividades capacitadoras, como una forma de respuesta a las necesidades detectadas. Al mismo tiempo, sostienen que la evaluación de la capacitación detecta el grado de aprendizaje de los participantes, verifica la aplicabilidad de lo enseñado y perfecciona el sistema de capacitación.Evaluar es una tarea lenta y la amplitud de sus efectos es de compleja medición.



Fuente: Idalberto Chiavenato " Administración de Recursos Humanos, El capital humano de las organizaciones" Octava Edición.


Paulina González

Capacitación


¿ Que es Capacitación?

La Capacitación es una actividad sistemática, planificada y permanente. Su propósito es preparar, desarrollar e integrar a los recursos humanos al proceso productivo de las organizaciones. Está dirigida al perfeccionamiento técnico del trabajador, para que se desempeñe eficientemente. Además, la capacitación hace que el perfil del trabajador se adecue al perfil de conocimiento.

Objetivos de la Capacitación

  • Conduce a la empresa  a una mayor rentabilidad.
  • Mantiene una actitud positiva.
  • Mejora los conocimientos.
  • Eleva la moral de la fuerza laboral.
  • Ayuda a que el personal se identifique con los objetivos de la empresa.
  • Mejora la relación Jefe - Subalterno.
  • Agiliza la toma de decisiones y solución de los problemas.
  • Incrementa la productividad y calidad del trabajo.
Beneficios para el Trabajador y la Empresa. 

  • El trabajador se prepara para la toma de decisiones y solución de los problemas.
  • Promueve el desarrollo y la confianza del individuo.
  • Manejo de conflictos.
  • Logra metas individuales.
  • Mejora la comunicación entre los trabajadores.
  • Integración de grupos.


Fuente: Idalberto Chiavenato " Administración de Recursos Humanos, El capital humano de las organizaciones", Octava Edición.


Paulina González Agurto.

Yo fui Evaluado





Trabajé durante mucho tiempo como boletero en una cancha de mi barrio...era muy entretenido, tenía 15 años y cobraba las entradas...los billetes en un bolsillo, las monedas en otros....en los bolsillos de atrás del pantalón los billetes más grandes...algunos pasaban sin pagar....otros pagaban menos...otros me decían: quédate con el vuelto, es un premio a un niño que se levanta tan temprano en domingo...Esa era mi Evaluación de desempeño ...era quizás la más importante, la evaluación del cliente.

El Presidente del Club sólo me decía: buena cabro! cuando al final le entregaba la recaudación del domingo en la mañana...esa era la evaluación de mi jefe.
Yo me iba feliz con mis billetes verdes de luca, me compraba una bebida y una empanada en el Roysar y me sentía feliz: Autoevaluación
Se acabó el campeonato...no ganamos, pero lo más importante  es que no perdimos la categoría.

Fiesta de fin de año y a esperar hasta el inicio del nuevo campeonato para saber si me volverían a llamar...nuevamente sería evaluado mi desempeño. Por suerte me seguían llamando, siempre tuve la duda...lo hacía bien o nadie más estaba dispuesto a perder una mañana de domingo?, sobretodo de invierno, persiguiendo a esquivos parroquianos que querían ver al verdadero equipo de sus amores correr detrás de la pelota, en una gigantesca cancha de tierra, en esos años ya entendía el concepto de Retroalimentación.
Al año siguiente no quise volver...busqué nuevos horizontes y un nuevo aprendizaje: Movilidad laboral, pero eso es tema de otra entrada...



Colaboración de Rafael Meneses relatando su primera experiencia de trabajo

Gioconda García



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